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sábado, 2 de enero de 2016

Pensión máxima para 2016

Siguiendo el articulado del Real Decreto 1170/2015, de 29 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2016, encontramos el límite máximo de pensión una vez revalorizada ésta.

Así, partiendo de que el ámbito de aplicación de este Real Decreto de revalaorización son las pensiones de incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva y siempre que se hayan causado con anterioridad a 1 de enero de 2016 (art 2.1), y sabiendo lo señalado en artículos anteriores en este blog sobre el incremento de pensiones que será 0,25%, el artículo 3 indica lo siguiente:

- El importe de la pensión, una vez revalaorizada, estará limitada a la cantidad de 2.567,28 euros mensuales, sin perjuicio de las paras extraordinarias que pudieran corresponder.

- Dicho límite mensual será objeto de adecuación en aquellos supuestos en que el pensionista tenga derecho o no a percibir 14 pagas al año, comprendidas en uno u otro caso, las pagas extraordinarias, a los efectos de que la cuantía no supere o pueda alcanzar, respectivamente, 35.941,92 euros, en cómputo anual.

- Las pensiones que excedan de 2567,28 euros mensuales no se revalorizarán, salvo lo señalado en el párrafo anterior.

- La revalorización de las pensiones de gran invalidez se efectuará aplicando el incremento del 0,25% de manera separada a la pensión y al complemento. A efectos del límite máximo se computará únicamente la pensión sin complemento.

- La cuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo no podrá ser superior al 50% del límite máximo de 35.941,92 euros en cómputo anual.

En resumidas cuentas y con las salvedades expuestas en el Real Decreto 1170/2015 de 29 de diciembre, la pensión mensual máxima para 2016 será de 2.567,28 euros y en cuantía anual 35.941,92 euros.

Muchas gracias.




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