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domingo, 11 de junio de 2017

Edad de acceso a la jubilación

Esta semana he recibido algunas consultas sobre denegaciones de pensión de jubilación por no tener la edad de acceso requerida. 

Voy a señalar como queda esto de la edad de acceso a la jubilación con la actual legislación.

El Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en su Disposición transitoria séptima titulada "Aplicación paulatina de la edad de jubilación y los años de cotización" muestra un cuadro con las nuevas edades de jubilación a aplicar desde el año 2013. La idea era ir incrementando la edad de jubilación hasta establecerla con carácter general a los 67 años. Voy a saltarme el período 2013 a 2016 y comienzo por mostrar el cuadro a partir de lo dispuesto para el presente año:

2017:   36 años y 3 meses o más  cotizados se jubilan con 65 años//// Menos de 36 años y 3 meses  cotizados se jubilan con 65 años y 5 meses.


Esto es, aquellos trabajadores/as que en 2017 acrediten una cotización de 36 años y tres meses o más, podrán jubilarse con 65 años de edad. Por contra si el período cotizado es inferior a 36 años y tres meses el trabajador/a no podrá jubilarse hasta que tenga una edad de 65 años y 5 meses.

En definitiva la edad de jubilación en 2017 (con la excepción expuesta en el párrafo anterior) es de 65 años y cinco meses.



Cada vez el acceso a la edad de jubilación 
es más tardío.
Si en 2012 se podía acceder con 65 años, 
para 2027 la edad se eleva a 67 años,
o aportar cotizaciones por 38 y seis meses
para poder jubilarse con 65 años.

El semblante del rostro del dibujo expresa 
"la alegría" con la que la medida fue recibida
por buena parte de nuestros trabajadores/as,
especialmente aquellos que tenían trabajos físicos más duros.



A continuación copio el cuadro para los años 2018 a 2027, siendo este último donde ya quedaría implantada la jubilación a los 67 años para todos los trabajadores/as exceptuando aquellos que acreditaran un periodo de cotización mínimo de 38 años y seis meses que podrían acceder a jubilación con 65 años.


2018
36 años y 6 meses o más.
65 años.
Menos de 36 años y 6 meses.
65 años y 6 meses.
2019
36 años y 9 meses o más.
65 años.
Menos de 36 años y 9 meses.
65 años y 8 meses.
2020
37 o más años.
65 años.
Menos de 37 años.
65 años y 10 meses.
2021
37 años y 3 meses o más.
65 años.
Menos de 37 años y 3 meses.
66 años.
2022
37 años y 6 meses o más.
65 años.
Menos de 37 años y 6 meses.
66 años y 2 meses.
2023
37 años y 9 meses o más.
65 años.
Menos de 37 años y 9 meses.
66 años y 4 meses.
2024
38 o más años.
65 años.
Menos de 38 años.
66 años y 6 meses.
2025
38 años y 3 meses o más.
65 años.
Menos de 38 años y 3 meses.
66 años y 8 meses.
2026
38 años y 3 meses o más.
65 años.
Menos de 38 años y 3 meses.
66 años y 10 meses.
A partir del año 2027
38 años y 6 meses o más.
65 años.
Menos de 38 años y 6 meses.
67 años.
Espero que el artículo haya sido de su interés. Muchas gracias.


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